3 casos de cambio de género hubo tras modificar Ley de Registro Civil

Del año pasado a la fecha se han registrado, al menos, tres casos de personas que cambiaron su género ante el Registro Civil, 2 de hombre a mujer y un tercero, a la inversa, comunicó Edmundo Cabello Beyer, titular de la Oficialía Segunda del Registro Civil. 

Las nuevas modalidades de registro de las personas permiten este tipo de cambio de nombre de hombre a mujer o de mujer a hombre, debido a las adecuaciones a la Ley del Registro Civil en Coahuila, ejecutadas el año pasado, y que homologó resoluciones de otras entidades, tal como lo prevén las leyes, destacó Cabello Beyer.  

Decisión.  Las personas que tienen ese deseo y decisión de cambiar su nombre a masculino o femenino, no están obligados a dar una justificación y tampoco los jueces del Registro Civil deben de cuestionar.  En su caso, comentó, evita preguntar el motivo y observar demasiado, pues eso puede molestar o incomodar a la persona, quien tiene todo el derecho de hacer el cambio. Y, en el caso de las tres personas que atendieron en la oficialía a su cargo, las personas ligeramente mostraban un cambio de género en lo físico.  Subrayó que es suficiente que el interesado tenga esa autopercepción del cambio biológico, es decir, si la persona se percibe con una nueva concepción biológica, así que si es una persona masculina que por circunstancias se percibe como una mujer y decide cambiar su género, lo puede hacer en cualquier Registro Civil, porque están obligados a dar la atención, sin prejuicios de ninguna índole.
Implicaciones.  Cuando un ciudadano modifica ante el Registro Civil su nombre de masculino a femenino o viceversa, a partir de ahí, dijo, pueden cambiar toda la documentación personal, pues la ley faculta a la persona que obtuvo un cambio de género a adecuar todo, documentación fiscal, credencial, identificación como pasaporte, títulos de estudios profesionales o técnicos, en guías telefónicas o de presentación, todo lo que desee.

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