Se prevé el inicio de un monitoreo más estricto del correcto por parte de las autoridades hacia trasportistas por parte del Servicio de Administración Tributaria.
Como parte de las nuevas medidas preventivas dentro del sector trasportista, se ha hecho público por parte del Servicio de Administración Tributaria que, a partir del 1 de agosto del año en curso, será obligatorio el uso adecuado de la Carta Porte para los transportistas a nivel nacional, de tal manera que la herramienta sea efectiva.
Después de posponer la implementación de este documento ya por más de seis ocasiones de manera obligatoria, se inicia el tiempo de que los trasportistas tienen que tener de manera formal este documento para poder transitar mercancía y de no contar con dicha carta se tendría que cubrir una multa prevista, que van desde los $17,000 hasta los $90,000 MXN por la omisión de documentación y de $400 a $600 por el llenado incorrecto del formulario de la Carta Porte.
Importante. El licenciado Luis Manuel Vega de la Agencia Aduanal LEVISA hizo hincapié en que es importante que los permisos se puedan obtener para antes de la fecha estipulada, ya que el no contar con la carta desencadenaría un sin fin de problemas ligados al comercio a nivel nacional y se vería una afectación en retrasos de mercancías, materias primas o materiales para las empresas locales por la omisión de este documento. "Aquí en la frontera representa en particular un reto ante el gran flujo de transporte que circula por la localidad" añadió.
Se está integrando una herramienta que ayuda al sistema transportista y todos como usuarios en general para la obtención rápida y efectiva.
Lineamientos. Sin embargo, es importante mencionar que esta implementación, que se había pospuesto, tendrá la finalidad de acelerar el proceso de liberación y ahora si aplicar las sanciones pertinentes al faltar a los lineamientos establecidos.
La Carta Porte se activó desde mayo del 2021 como complemento opcional, y ha sido retardada en su uso desde septiembre del 2021 para cambiar su condición a obligatorio.
¿Qué es lo que contiene la Carta Porte? Es un complemento a la factura en la cual está toda la información relacionada con los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, así como lo referente al medio por el que se transportan por vía terrestre, aérea, marítima o fluvial; y en su caso, incorporar la información para el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.
Beneficio para transportistas. Identificar a detalle las mercancías para tener la certeza de qué se transporta y las rutas que sigue.
Verificación aleatoria que permitan anticiparse a los riesgos o amenazas en el traslado.
Brindar información para establecer estrategias que garanticen la seguridad de tránsito en las distintas rutas. Contar con elementos que permitan verificar las operaciones realizadas por las personas que participan en el traslado de mercancías.
Proporcionar elementos a las dependencias públicas responsables de la vigilancia y control de las vías de paso para verificar las mercancías y acreditar su legal estancia y/o tenencia durante su traslado. Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando de manera formal y tener un mayor control por parte de las autoridades de todo lo que transita en las carreteras de la república mexicana.
¿Quiénes deben emitir el CFDI con complemento Carta Porte? Si te dedicas al traslado de bienes o mercancías, emite un CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte para transitar por carreteras del territorio nacional y ampara el cobro por el servicio que prestas.