La desesperación lleva a los ilegales a cruzar sin ninguna medida avalada por la autoridad y son detenidos.
A lo largo de la historia, la Patrulla Fronteriza ha aplicado lo establecido en el título para el arresto de personas que ingresan de manera ilegal a los Estados Unidos, el cual quedo bajo suspensión durante el tiempo en el que estuvo la pandemia donde se estableció el título 42 correspondiente a las emergencias de salud por la que atravesaba el mundo y bajo esta norma establecida durante el mandato del presidente Trump, se aplicaban criterios para proteger a la nación del mortal virus, pero una vez que la OMS decretó el fin de la emergencia de salud todo volvió a la normalidad.
Los agentes de la Patrulla Fronteriza del sector del Río en Eagle Pass, precisaron que bajo el título 8 toda persona que cruce ilegalmente será deportado hacia México o bien a su país de origen, citando como ejemplo el grupo de ilegales que entregaron en las instalaciones del puente internacional número dos Camino Real, por lo que la recomendación es evitar cruzar el río, ya que el gobierno ha implementado medidas para apoyar a quienes intentan llegar a los Estados Unidos.
Consecuencias. El oficial recordó que existen sanciones para quien sea arrestado cruzando la frontera tales como el ser castigado por un lapso de 5 años sin ningún tipo de beneficio por lo que se recordó de la aplicación CBP ONE la cual ha incrementado sus citas y es muy sencillo de utilizar logrando bajarla en cualquier teléfono celular realizando el proceso desde sus países para llegar el día asignado en el puerto de entrada que se les indicó sin la necesidad de permanecer por meses varados. El Título 8 del Código de Estados Unidos es una parte esencial del entramado legal que regula las políticas y procedimientos para la entrada, permanencia y naturalización de los no ciudadanos en el país. Promulgado en 1952, este apartado del Código estadounidense es conocido también como "Aliens and Nationality" (Extranjeros y Nacionalidad) e incluye el Acta de Inmigración y Nacionalidad de 1965.