Corte retira al SAT servicio de verificación de identidad a empresas privadas.

Con ocho votos a favor y tres en contra, la Corte eliminó una parte del artículo 17-F del Código fiscal de la Federación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación anuló la reforma que surgió a finales de 2020, que permitió al Servicio de Administración Tributaria (SAT) usar su base de datos para prestar servicios de verificación de identidad a empresas privadas.

En la sesión de este lunes y por mayoría se invalidó la porción "así como el de la verificación de identidad de los usuarios", informó la Corte, quien consideró violatorios los derechos a la privacidad y la protección de datos personales, al permitirle al SAT disponer de esta información para beneficio de terceros.

Con ocho votos a favor y tres en contra, la Corte eliminó una parte del artículo 17-F del Código fiscal de la Federación (CFF), mismo que fue impugnado por el Instituto Nacional de Acceso a la Información.

La ministra presidenta Norma Piña y Javier Laynez señalaron que la situación del SAT "no es la violación directa a derechos de privacidad, sino la habilitación al SAT para que determine, mediante reglas generales, cómo va a funcionar este servicio”."El servicio de verificación está relacionado directamente con el manejo de datos biométricos sensibles, y la norma no tiene elementos suficientes para impedir que se revelen a terceros sin consentimiento del titular", comentó en su intervención la ministra presidenta Norma Piña.

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