Blindaba obras como seguridad nacional y fueron rechazadas.
Por mayoría de seis votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN ) determinó invalidar en su totalidad el decreto que blindaba la información de las obras y proyectos del Gobierno clasificadas como interés público y seguridad nacional.
El ministro Juan Luis González Alcántara planteó que el acto administrativo tuviera efectos generala e invalidar en su totalidad la controversia que ordenaba a las dependencias de reservar la información. Resaltó que atenuar los efectos en la materia generaría un precedentes a la certeza jurídica. Los ministros determinaron que la invalidez tiene efectos generales y no solamente los de competencia del Inai. Durante la discusión los ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá, Luis María Aguilar Morales, Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, Ana Margarita Ríos Farjat y la ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández votaron que la invalidez del acuerdo fuera general.
En tanto los ministros Arturo Zaldívar, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz votaron en contra. Los efectos de la sentencia tendrán validez cuando el Ejecutivo y las secretarías sean notificadas del fallo.
La SCJN determinó en cuanto a dichos efectos, por mayoría de seis votos, que la invalidez del acuerdo es de carácter total, por tratarse de una instrucción hacia las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, la cual quedó insubsistente. Además, por tratarse de una materia ajena a la penal, la SCJN precisó que los efectos de la resolución no serán retroactivos. Cabe señalar que la controversia constitucional 217/2021, promovida por el INAI, demandaba la invalidez.