Roxana Ruiz fue condenada a 6 años 2 meses y 10 días, pena máxima por el delito de homicidio simple con exceso de legítima defensa.
Luego de que una jueza sentenció el lunes pasado a seis años, dos meses y siete días de cárcel a Roxana Ruiz, por matar al hombre que la violó en una vivienda de la colonia Benito Juárez de Ciudad Neza, el 8 de mayo del 2021, el Poder Judicial del Estado de México (PJEM) explicó el por qué de la condena.
El delito por cual fue procesada la joven de 23 años, originaria de Pinotepa Nacional, Oaxaca, fue homicidio simple cometido con exceso de legítima defensa en agravio de Sinaí “N”.
La jueza estudió con perspectiva de género integral las pruebas aportadas por la fiscalía y la defensa, considerando la condición de vulnerabilidad de Roxana “N” como mujer e indígena, afirmó el PJEM en un comunicado emitido este miércoles.
¿Qué argumenta el Poder Judicial sobre sentencia contra Roxana?
En la acusación y mecánica de hechos se acreditó el exceso en legítima defensa, pues de acuerdo a las pruebas, Roxana “N” dejó inconsciente a Sinaí “N” por un golpe en la cabeza, y posteriormente lo asfixió por estrangulación. Este golpe era suficiente para contener la agresión física, que terminó cuando lo neutralizó, argumentó la jueza durante la audiencia celebrada la tarde del lunes en los Juzgados de Juicios Orales y de Ejecución de Sentencia, adscritos al penal Neza Bordo.