González Alcántara Carrancá aseguró que este plazo permitirá llevar el proceso de manera paulatina y ordenada.
La invalidez de la transferencia de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) se hará efectiva a partir del 1 de enero de 2024, determinó este jueves la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Por mayoría de nueve votos contra dos, de los ministros Arturo Zaldívar y Yasmín Esquivel, respectivamente, el pleno aprobó la propuesta planteada por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá para postergar el proceso de desincorporación, con el objetivo de que las dependencias de seguridad pública lleven a cabo los reajustes necesarios.“De tal suerte que en ese plazo, la dependencias involucradas contarán con el tiempo necesario para realizar gradualmente el reajuste en el control administrativo, presupuestal y operativo de la Guardia Nacional, que por mandato del artículo 21 constitucional corresponde al ramo de seguridad pública”.
González Alcántara Carrancá aseguró que este plazo permitirá llevar el proceso de manera paulatina y ordenada.
“Con esta prórroga en el surtimiento de los efectos propuestos se va a privilegiar la certeza jurídica en el control y la operación de la Guardia Nacional, así como en el estatus jurídico de quienes la componen, asegurando, respetando la integración de las provisiones necesarias para tal efecto en el presupuesto de egresos de la federación”, indicó el ministro.
Corte invalida traspaso de la Guardia Nacional a la Sedena
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el traspaso operativo y administrativo de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), al considerarlo violatorio del artículo 21 constitucional.
Con voto en contra de los ministros, Loretta Ortiz Ahlf, Arturo Zaldívar y Yasmín Esquivel Mossa, la mayoría de ocho ministros consideraron que el marco normativo para llevar a cabo el traslado de la corporación desfiguró el carácter civil que deben tener las instituciones de seguridad pública, como lo establece el artículo 21 constitucional.
“Las instituciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, serán de carácter civil. Las iniciativas, los trabajos preparatorios, los dictámenes de comisión, la discusión del Poder Reformador de 2019 no me dejan a lugar a duda que en la interpretación de estos textos, su vocación es absolutamente clara, discutible, desde su comienzo hasta su conclusión de manera que lectura no me permite llegar a que se trata de gustos, sino que es el orden jurídico mismo”, indicó el ministro Alberto Pérez Dayán.