El diputado Jorge Triana aseguró que el objetivo es permitir que todo ciudadano pueda contar con estos medios para proteger sus bienes y su integridad física
El diputado Jorge Triana Tena, del PAN, presentó una iniciativa que plantea reformar la Ley de Armas de Fuego con el propósito de permitir el uso de armas o instrumentos de defensa personal no letales para su uso en legítima defensa.
El objetivo es permitir que todo ciudadano pueda contar con estos medios para proteger sus bienes y su integridad física; y la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) sería la encargada de crear un catálogo sobre el tipo de armas no letales para uso cotidiano.
Las armas no letales son aquellas diseñadas para neutralizar un adversario sin causarle la muerte, y entre estas se encuentran el gas pimienta y las pistolas de descarga eléctrica.
“El objetivo es permitir la defensa personal de cada mujer y cada hombre de nuestro país. Es importante que los ciudadanos, especialmente las mujeres, tengan derecho de defenderse”, señaló Triana Tena.
Por otro lado, detalló que la portación de armas con características no letales tiene como objetivo autodefensa y no utilizarse para otros fines, como la comisión de delitos. “Quienes deberán de preocuparse son los delincuentes y no la posible víctima”, señaló.
“En este sentido, sin llegar al extremo permitido sobre el uso de las armas de fuego en nuestro país, y conforme a la respectiva legislación reglamentaria, la presente iniciativa fundamenta su origen en la protección y seguridad de los ciudadanos en sus bienes y en sus personas”, expuso.
Explicó que aumentó el uso de armas de fuego en todo el país, ya que había en circulación 9 mil 209 en el 2015 y subió a 19 mil 367 para 2021, de acuerdo con los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
También dijo que resulta conveniente dar herramientas de defensa personal a las mujeres, porque se ha elevado el número de feminicidios en el país: en 2015 se denunciaron 412 casos, mientras que para el 2021 incrementaron a 978.