Reduce concesiones mineras de 50 a 15 años, elimina negativa ficta, y establece que concesiones se dará únicamente mediante concurso
El Presidente Andrés Manuel López Obrador presentó una iniciativa para reforman las Leyes Minera; de Aguas Nacionales; del Equilibrio Ecológico y la de Protección al Ambiente, para endurecer la obtención de concesiones mineras y de agua.
Entre otras cosas, reduce el tiempo de concesiones mineras de 50 a 15 años, elimina la negativa ficta, establece qué concesiones se darán únicamente mediante concurso, limita a cinco años las concesiones de agua y establece que se podrán quitar si está en riesgo la disponibilidad del líquido de la población, entre otras cosas.
Objetivo de la iniciativa
En su exposición de motivos, la propuesta que llegó este martes a la Cámara de Diputados, señala que tiene por objeto “recuperar la rectoría del Estado sobre los recursos minerales e hídricos que se encuentran en el subsuelo mexicano y son del dominio directo de la Nación”.
Se pretende regular el otorgamiento, mantenimiento, supervisión y terminación de las concesiones mineras y de agua para minería, con la finalidad, sostiene el Ejecutivo Federal, “de proteger los derechos humanos al medio ambiente sano, a la salud y al agua de la población, así como la preservación de los recursos naturales de la Nación y el derecho de los pueblos originarios a la preservación de sus territorios”.
En el texto de la iniciativa, López Obrador advierte que algunos minerales que, en su oportunidad se consideraron de carácter estratégico, en actualidad son de amplia disponibilidad en los mercados internacionales.
De igual forma, denuncia que la Ley Minera de 1992 tuvo como objetivo central favorecer los intereses de particulares, bajo el supuesto de que se requería de la entrada masiva de capital nacional e internacional en la explotación de los recursos mineros del país.
Como parte de la reforma a la Ley Minera
“Se propone eliminar este injustificado derecho, originado por la preferencia de esta actividad sobre cualquier otra, para ser sustituido por un acuerdo entre las personas titulares de las concesiones y las personas propietarias o titulares de derechos sobre los terrenos. Esta modificación obligará a las empresas mineras a pactar contraprestaciones monetarias sujetas a consentimiento de las personas propietarias de los terrenos, entre ellas, ejidos, comunidades y núcleos agrarios, en general”, señala la propuesta.
Además, se establece la obligación de determinar los impactos sociales de cada concesión minera, se prevé la realización de un estudio de impacto social que deben presentar las personas ganadoras de un concurso de licitación para determinar las probables afectaciones que podría tener la actividad minera en la vida cotidiana de las personas, se establece la consulta previa, libre e informada a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, se reduce la duración y prórroga de las concesiones mineras de 50 a 15 años, prorrogable por una sola ocasión hasta por un lapso igual, se adiciona como causal de cancelación de las concesiones mineras la falta de informe sobre posibles daños o riesgos al equilibrio ecológico, y se suprimen los supuestos de afirmativa ficta.
, se propone modificar el esquema de otorgamiento de concesiones para que únicamente se aprueben mediante concurso público, y bajo reglas que aseguren las mejores condiciones económicas para el Estado mexicano.
También se elimina el carácter preferente de la actividad minera: “La exploración, explotación y beneficio de los minerales o sustancias no justificarán ahora la expropiación en favor de particulares incluso sobre propiedad social, ya que generan un beneficio exclusivamente privado”, y se deroga el derecho de las personas titulares de las concesiones a obtener la expropiación de un terreno para explotación minera.
En la reforma a la Ley de Aguas Nacionales se establece la figura de la concesión de agua para uso específico en minería, con el propósito de evitar la sobreexplotación y contaminación del recurso hídrico; se establece que la concesión de agua para uso específico de minería quedará sujeta a la disponibilidad de agua y tendrá una duración de cinco años con posibilidad de prórrogas por igual término.
También amplía las causales de revocación de la concesión de agua cuando no se cumpla con el Programa de Restauración, Cierre y Post-cierre previsto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
La reforma a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente establece que “no se pueden otorgar concesiones mineras en Áreas Naturales Protegidas, mientras que la reforma a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente otorga facultades a autoridades del Gobierno federal para expedir reglamentos, Normas Oficiales Mexicanas y demás disposiciones jurídicas, para regular el manejo integral de los residuos mineros y metalúrgicos de su competencia, así como para suscribir acuerdos de colaboración con entidades federativas
Asimismo, prohíbe la disposición final de residuos mineros y residuos metalúrgicos en ANP, humedales, cauces y zonas federales de aguas nacionales o en lugares que por el trayecto que seguirían los residuos ante su ruptura afecten núcleos de población.
La propuesta será turnada a la comisión de Puntos Constitucionales.