La expresión “traidores a México” no tiene la finalidad de emitir una crítica o generar un debate político en torno a la reforma eléctrica
La Sala Superior del Tribunal Electoral determinó que los promocionales de Morena en los que señaló como “traidores a México” a los legisladores que votaron en contra de la reforma eléctrica sí constituyó una calumnia electoral.
Por unanimidad, las y los magistrados señalaron que dicha expresión “remite a los elementos descriptivos y normativos del tipo penal que traición a la patria se encuentra tipificado en el Código Penal Federal, derivado de la imputación de hechos o delitos falsos, los cuales configuran el elemento objetivo de la calumnia”.
Lo anterior, a raíz de las quejas presentadas por el PRI y Movimiento Ciudadano en contra de Morena, por la difusión de diversos promocionales en el marco de los procesos electorales locales 2021-2022, en los que se afirmaba que la oposición sería recordada como “traidores a México”.
A propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, la Sala Superior determinó que los promocionales denunciados no pueden considerarse como críticas severas que estén amparadas por la libertad de expresión, sino que constituyen calumnia electoral.
Derivado de un análisis del contexto interno y de difusión de los promocionales se advierte que Morena utilizó información inexacta e imágenes alteradas para imputar directamente el delito de traición a la patria, con la intención de dañar la imagen de los partidos políticos.
Es decir que la expresión “traidores a México” no tiene la finalidad de emitir una crítica o generar un debate político en torno a la reforma eléctrica, sino imputar un delito previsto en el Código Penal Federal, por presuntamente traicionar a la ciudadanía.