El magistrado dijo que Castillo afronta un delito penado con entre 5 y 10 años de cárcel, y que lo planteado por la Fiscalía es "suficiente" para ser procesado por tentativa del delito de rebelión
Lima.- La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de Perú confirmó este martes la detención del expresidente Pedro Castillo por el delito de rebelión, tras declarar infundado el recurso de apelación presentado por su defensa a un recurso de amparo rechazado por otro juzgado.
El juez César San Martín leyó la resolución que rechaza la apelación de Castillo y, por lo tanto, confirmó su detención, que vence el miércoles antes de las 14:00 hora local.
El magistrado dijo que Castillo afronta un delito penado con entre 5 y 10 años de cárcel, y que lo planteado por la Fiscalía es "suficiente" para ser procesado por tentativa del delito de rebelión o conspiración.
Durante la audiencia, la fiscal Suprema adjunta Sylvia Sack Ramos solicitó que se confirmara la detención preliminar, indicando que estos existen testigos que confirman las actividades que realizó Castillo para ir en contra del orden constitucional. Una de estas, dijo, fue su intención de cambiar al comandante general del Ejército para colocar alguien que responsa a sus intereses al momento de su golpe de Estado.
Agregó que Castillo fue en contra de la “intangibilidad del régimen constitucional” para impedir las investigaciones por corrupción que se sigue en su contra.
Por ello, afirmó la fiscal, Castillo junto a sus coinvestigado Betssy Chávez, Willy Huerta y Aníbal Torres “concertaron la decisión de disolver el Congreso de la República e intervenir el sistema nacional de justicia”.
La procuradora adjunta Lilia del Río Farro puntualizó, ante la Sala Suprema, que las acciones de Castillo Terrones sí constituyen un levantamiento en contra del orden constitucional. Esto, al explicar que en su mensaje a la Nación, el defenestrado exmandatario dispuso un toque de queda, a cargo de las Fuerzas Armadas y ordenó a la Policía Nacional combatir el delito durante la orden de excepción.
Por tanto, sostuvo, se estaba disponiendo el levante de las Fuerzas Armadas y la policía, además de que Castillo convocó a las rondas campesinas y otros sectores sociales.
Agregó que en su mensaje a la nación, Castillo solo dejaba vigente como único poder al Ejecutivo, en contra el Artículo 43 de la Constitución, que establece la preservación del orden constitucional y el respeto a los poderes del Estado.
Finalmente, la procuradora precisó que cuando Castillo dispuso que se le llevara a la Embajada de México, ya se estaba ejecutando un plan de fuga.
Durante la audiencia de apelación de esta mañana, Ronald Atencio, quien ejerció la defensa legal del investigado, aseveró que los hechos atribuidos a su patrocinado no configuraban delito de rebelión por el cual se le investiga, o en el de conspiración.
Argumentó que tampoco existía peligro de obstaculización a la justicia ya que Castillo Terrones ya no ostenta el poder presidencial y que tampoco existía un peligro de fuga ya que no hubo un pedido oficial de asilo a México cuando se produjo la detención del vacado expresidente.
Castillo Terrones, por su parte, aseguró que no había cometido ningún delito. “No he cometido delito de conspiración, ni de rebelión”, indicó.