El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició esta tarde la discusión del nuevo proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales, quien propone acotar la prisión preventiva oficiosa estipulada para ciertos delitos en el artículo 19 constitucional.
Luego de que retirara su primer proyecto, derivado de acciones de inconstitucionalidad presentadas por la CNDH y senadores contra la ampliación del catálogo de delitos con prisión preventiva oficiosa, al no haber consenso, Aguilar Morales plantea que la medida cautelar no se aplique de manera automática sino que se estudie caso por caso y que los jueces determinen si es procedente.
Para Aguilar Morales, la prisión preventiva oficiosa debe entenderse como una medida no automática y su “carácter oficioso únicamente significa que se trata de una modalidad en la que el juez penal debe abrir el debate para determinar si se justifica la imposición de la prisión preventiva, sin necesidad de que el Ministerio Público hubiera solicitado la medida cautelar”.
El expresidente de la SCJN considera que si se entendiera que la prisión preventiva oficiosa es automática se rompería con la presunción de inocencia y con los principios fundamentales del sistema penal acusatorio.
“Si se entendiera que la prisión preventiva oficiosa es automática se rompería con la presunción de inocencia, con el debido proceso legal, con la obligación de los jueces penales de justificar fundada y motivadamente sus resoluciones, se romperían, incluso, con los principios fundamentales del sistema penal acusatorio y con la necesidad de someter a control judicial previo este tipo de medidas”.