Jueza 'frena' indefinidamente el pase de la GN a la Sedena

Karla María Macías Lovera, ordenó que la GN permanezca bajo el mando de la SSPC.

Karla María Macías, jueza de distrito, le otorgó la suspensión definitiva a la organización Uniendo Caminos México (UCMéxico) contra el decreto por el que se incorpora la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena). El 13 de octubre, la jueza otorgó a UCMéxico, Unión Cívica 1 país, Firma Jurídica AC&AC A Asociados, Tojil, EeK, y ciudadanos, la primera suspensión provisional en los 53 juicios de amparo colectivos que interpusieron con el fin de que se declarara inconstitucional a nivel nacional el traspaso de la Guardia Nacional a la Sedena. 

La juez destacó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció que los Estados deben limitar el uso de las Fuerzas Armadas para el control de la criminalidad común o violencia interna. Argumentó que el entrenamiento que reciben está dirigido a derrotar un objetivo legítimo y no a la protección y control de civiles, entrenamiento que es propio de los entes policiales. 

Revocó. El 19 de octubre, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito de Guanajuato revocó la suspensión provisional que ordenaba al gobierno frenar la transferencia de la Guardia Nacional a la Sedena. En tanto, las autoridades federales manifestaron que la suspensión tenía que negarse y destacaron que la inaplicación de una ley de seguridad pública contraviene el orden social, que impide la consolidación de la GN como cuerpo policial permanente bajo el control operativo y administrativo del Ejército.

Desestima. Ante estos señalamientos, la juez Macías desestimó los señalamientos de las autoridades al manifestar que el debate no debe ceñirse a aspectos utilitarios, sino atender a lo dispuesto en la Constitución. Hasta el momento suman 53 amparos colectivos en contra de la disposición por considerar que es inconstitucional. Como consta en la versión pública del expediente 1161/2022, la jueza otorgó la suspensión definitiva por considerar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció que los Estados deben limitar el uso de las Fuerzas Armadas para labores de seguridad pública y control de la delincuencia. 

Artículo 21. Entre las medidas que establece el expediente están no transferir el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional, señalando que el organismo debe continuar bajo el mando de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, como dice el artículo 21 de la Constitución. Además ordena a las secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana y de la Defensa Nacional suspender la transferencia de recursos presupuestarios, financieros y materiales a que se refiere el artículo Sexto transitorio, fracción II, del decreto impugnado. 

Vocero. El pasado 19 de octubre, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito de Guanajuato revocó la suspensión provisional que ordenaba frenar la transferencia de la GN a la Sedena. Joan Ochoa Sada, vocero de Uniendo Caminos México, informó que los alcaldes de esta suspensión definitiva son que no se podrá transferir el control operativo y administrativo de la GN a la Secretaría de la Defensa Nacional y dicho organismo continúe bajo el mando de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, como se indica la Constitución. Además, las secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana y de la Defensa Nacional deberán suspender de inmediato la transferencia de recursos presupuestales, financieros y materiales, pues la GN deberá seguir siendo una corporación independiente y civil. Explicó que los amparos promovidos fueron porque están " en contra de que se legalice la seguridad pública de manera militar.

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