Ordóñez Gutiérrez les otorgó la suspensión provisional a los cuatro militares contra la orden de aprehensión que los mantiene en prisión
Un juez de Distrito concedió una suspensión provisional a los cuatro militares presos por el caso Ayotzinapa, para el efecto de que se expidan las copias certificadas del pliego de consignación y de la orden de aprehensión girada en su contra, que les fueron negadas por sigilo.
El 27 de septiembre de este año, el Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México negó al general, José Rodríguez Pérez; capitán, José Martínez Crespo; sargento, Eduardo Mota Esquivel; subteniente, Fabián Alejandro Pirita Ochoa, la expedición de copias certificadas bajo el argumento de que tales actuaciones revisten el carácter de sigilo.
Sin embargo, el titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, Eutimio Ordóñez Gutiérrez, señaló que para tener acceso a una defensa adecuada, debe permitirse que los quejosos puedan obtener una reproducción de dichos registros, ya sea en copia fotostática como registro fotográfico.
Recordó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se ha pronunciado en el sentido de que el imputado y su defensor pueden tener acceso a los registros de investigación cuando aquel se encuentre detenido, sea citado a comparecer con tal carácter, o bien, sea sujeto de un acto de molestia y se pretenda recibir su entrevista.
Por lo que el Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México deberá ordenar la expedición de las copias solicitadas por la defensa de los cuatro militares presos en la prisión militar del Campo Militar 1-A de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
Lo anterior, conforme a que “en caso de que de existan diversos imputados en la causa penal de origen, deberá tomar las providencias que estime pertinentes para mantener el sigilo de los datos que así se requieran”.
Asimismo, Ordóñez Gutiérrez les otorgó la suspensión provisional a los cuatro militares contra la orden de aprehensión que los mantiene en prisión, pero solo para el efecto de que queden a disposición del juzgado de amparo en lo que a su libertad se refiere en la prisión militar y a disposición del juez de la causa para la continuación del procedimiento.