Con la modificación del Artículo 123 Constitucional buscan garantizar el derecho al trabajo a las personas de la tercera edad, sin que medie discriminación alguna.
El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó modificar el artículo 123 constitucional para garantizar el derecho al trabajo a las personas de la tercera edad, sin que medie discriminación alguna, lo que implica que ningún empleador, tanto en el sector público como en el privado, podrá establecer un límite máximo de edad para la contratación de un empleado.
Establece que no se podrá poner un límite máximo de edad para obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, para todo contrato de trabajo, y así evitar la exclusión laboral.