La SCJN desecha pronunciarse en caso de ley de paridad

Resolvió no entrar a fondo en la discusión de la reforma constitucional en materia de paridad de género que aprobó el Congreso del Estado para los comicios del 2023.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió no entrar a fondo en la discusión de la reforma constitucional en materia de paridad de género que aprobó el Congreso del Estado para las elecciones, luego de observar que, a su vez, el Tribunal Constitucional del Estado la echó abajo, por lo que el asunto quedó sin materia, con lo que la designación de candidatos o candidatas queda por ahora bajo los criterios que en su momento establezca el Instituto Nacional Electoral (INE).

La ministra ponente, Loretta Ortiz Ahlf, informó que en la resolución influyó la eventualidad de que el Tribunal Constitucional de Coahuila resolvió un medio de impugnación local en el que declaró la invalidez total del decreto 193 que reformaba la constitución local.

El proyecto fue aprobado por unanimidad de votos. Al respecto, dos partidos plantearon las acciones de inconstitucionalidad consideradas “de gran trascendencia para los derechos de las mujeres y la vida política de este país”, no obstante, la SCJN tenía el encargo de pronunciarse sobre la validez de las reformas a la Constitución Política de Coahuila mediante las cuales se buscó crear el mandato constitucional de crear un modelo de paridad de género aplicable a los procesos electorales, comentó la ministra en su exposición.
Y explicó que en el Decreto 193, tanto en la Constitución Política como en su Carta de Derechos Políticos se establecen reglas de paridad, así como el modelo de alternancia de género para acceder a la gubernatura de Coahuila.

Sin embargo, declaró, la anterior semana una eventualidad me orilló a poner a su consideración hoy el sobreseimiento de esta acción de inconstitucionalidad, esta acción fue la de declaratoria de invalidez de este por parte del TSJ; ello debido a que cesaron los efectos de la norma impugnada. De acuerdo con datos de la SCJN, los magistrados analizaron y resolvieron varias acciones de inconstitucionalidad promovidas por partidos políticos, el expediente 28/2022 y 36/2022 y que específicamente conllevaron el estudio de la paridad de género respecto de la gubernatura en Coahuila, así como el mandato que se establece en dicha reforma respecto de la aplicación de la candidatura de paridad de género en la gubernatura por parte de los partidos políticos.

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