En Coahuila es legal matar en defensa propia justificada

El derecho de la legítima defensa se amplió.

Ante los diversos robos y asaltos suscitados en Monclova los ciudadanos han empezado a defenderse de los delincuentes y en ocasiones los enfrentan al punto de someterlos y entregarlos a las autoridades.

Pero algunos propietarios de negocios incluso padres de familia, indicaron que aún hay el temor de defenderse ante un delincuente porque en muchos casos la víctima termina detenido y el ladrón siendo la parte afectada, debido a la agresión que sufrió en el momento del atraco.

Sin embargo, desde el mes de diciembre del 2019 el Congreso de Coahuila aprobó por unanimidad una iniciativa con proyecto de decreto que modifica el artículo 57 del Código Penal del estado, en el que se establece que se garantizará protección jurídica a quien defienda a su familia y patrimonio de los ladrones e intrusos, incluso si llegará a privarlo de la vida por considerarlo una amenaza inminente. La propuesta fue hecha desde marzo de 2018 por el diputado del PAN, Juan Carlos Guerra López Negrete, y fue discutida durante una sesión del pleno del Congreso local, donde se señaló que cuando exista un peligro inminente para la persona y su familia en su casa o negocio, podrá lesionar o matar al agresor, siempre y cuando se acredité que fue en legítima defensa. 

El derecho de la legítima defensa para los ciudadanos se amplió y ahora podrán enfrentar a los criminales sin ser procesados por violencia o por asesinato. 

De acuerdo al artículo 15, fracción IV, segundo párrafo, del Código Penal Federal prevé que: Se presumirá como defensa legítima, salvo prueba en contrario, el hecho de causar daño a quien por cualquier medio trate de penetrar, sin derecho, al hogar del agente, al de su familia, a sus dependencias, o a los de cualquier persona que tenga la obligación de defender, al sitio donde se encuentren bienes propios o ajenos respecto de los que exista la misma obligación.

Nuestro Código Nacional de Procedimientos Penales establece, en su artículo 405, que como la legítima defensa es una causa de justificación que excluye el delito, la sentencia deberá ser absolutoria. Por lo tanto, el abogado defensor deberá comprobar la legítima defensa para desvirtuar el delito y buscar que el Tribunal de enjuiciamiento dicte sentencia absolutoria. 

Sin embargo, existen algunos casos donde se considera que el individuo excede la defensa porque ha empleado medios que superan la reacción necesaria para protegerse.

En tales situaciones, el agresor puede convertirse en víctima, lo que le permitirá presentar cargos. 

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