El sector elétrico se encuentra en una gran incertidumbre por los 250 procesos que están pendientes y que se reactivaron tras el rechazo a ley elétrica.
El intento de Reforma Eléctrica y los cambios a la ley de la Industria Eléctrica (LIE) ocasionó una avalancha de litigios que inevitablemente llegará a instancias internacionales, incertidumbre y freno a la inversión.
Litigios. Si bien la iniciativa de reforma impulsada por el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador fue desechada en el Congreso, los cambios a la LIE e, incluso, las reformas a la Ley Minera aprobados por el partido del presidente y sus aliados en el poder Legislativo enrarecieron el ambiente en el sector, lo cual es palpable en dos frentes: el de los tribunales y el de la incertidumbre para la inversión.La Ley de Industria Eléctrica (LIE) fue promulgada el 11 de agosto de 2014, durante la administración del presidente Enrique Peña Nieto y reformada el 9 de marzo de 2021, a iniciativa del presidente López Obrador. Durante los primeros 10 días posteriores a su promulgación fueron otorgados las primeras suspensiones judiciales por vía del amparo directo a los agentes participantes del mercado de generación eléctrica. Se estima que actualmente hay alrededor de 250 juicios de amparos promovidos contra esa ley, varios de ellos admitidos a trámite por los juzgados primero y segundo de distrito en materia administrativa especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones.
Resolución. La mayoría de esos casos están pendientes de resolución, aunque se han dictado suspensiones, ya que estaba pendiente la resolución una acción de inconstitucionalidad (la 64/2021) promovida ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por senadores y cuya resolución se emitió el 7 de abril pasado, mediante la cual se determinó que la ley se mantiene y se dejó a los tribunales menores la resolución de cada uno de los asuntos, al no declararse su inconstitucionalidad, aunque la mayoría de los ministros (7 de 11) así la consideró (inconstitucional).
Mientras eso ocurría, varias de las suspensiones otorgadas en primera instancia judicial, relacionadas con los juicios de amparos promovidos por empresas, ya fueron revocadas en una segunda instancia, es decir por tribunales colegiados, al considerar que la ley en cuestión no afecta a las empresas que los han promovido.