La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), aprobó por unanimidad modificar la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Morelos relacionada con la renovación de la delegación política de la comunidad de Tetelcingo, municipio de Cuautla.
En la sentencia del juicio SCM-JDC-2377/2021, el pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que el Tribunal local no debió concluir que la convocatoria para elegir a sus representantes en la comunidad indígena de Tetelcingo, fue emitida conforme a los usos y costumbres de la comunidad cuando la materia de cuestionamiento por la actora y representantes de 13 colonias de esa región fue el método considerado como "usos y costumbres", según el cual, los términos de la convocatoria y de la elección son decididos por el Ayuntamiento y los representantes de las cinco planillas existentes son encabezadas siempre por hombres.
TEPJF garantizará participación de las mujeres
El acuerdo resolvió que si bien los pueblos y comunidades indígenas gozan de autonomía el principio no es absoluto, por lo que la participación de las mujeres en el proceso electivo no debió ser considerada como una cuestión que la asamblea general de Tetelcingo podía desatender.
En consecuencia el TEPJF modificó la resolución para que sea la asamblea general la que precise qué colonias deben participar en el proceso electivo, y analice la propuesta de la actora, garantizando la participación de las mujeres.