Los integrantes de la 65 Legislatura del Congreso de Oaxaca aprobaron una reforma con la que se prohiben en Oaxaca los chanclazos, coscorrones, cinturonazos o "cualquier castigo corporal, forma violenta de disciplina o tratos humillantes contra las personas menores de edad".
El Congreso local explica que los correctivos prohibidos son aquellos donde se use la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas. Según la reforma aprobada, tampoco se podrá obligar a la niña, niño o adolescente, a sostener posturas incómodas, recibir quemaduras, ingerir alimento hirviendo, otros productos o cualquier acto que tenga como objetivo causar dolor o malestar, aunque sea leve. La modificación legislativa establece que el castigo humillante "es cualquier trato ofensivo, denigrante, desvaloralozador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, y cualquier acto que tenga como objeto provocar dolor, amenaza, molestia o humillación".
Y así quedó establecido a través de una serie de adiciones a los artículos 37 y 38 Bis de la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca. Con dichos agregados a la legislación local, las autoridades estatales y municipales deberán adoptar medidas, elaborar protocolos de atención y políticas públicas tendentes a prevenir y erradicar el castigo corporal o físico hacia niñas, niños y adolescentes.
La reforma fue propuesta por las diputadas Aleida Serrano Rosado; Yarith Tannos Cruz, integrante del Grupo Parlamentario del PRI; Elim Antonio Aquino, del Grupo Parlamentario de Mujeres Independientes; Delfina Guzmán Díaz y Arcelia López Hernandez, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, y dictaminada por la Comisión Permanente de Grupos en Situación de Vulnerabilidad.