CTM colaborará en legitimación de contratos colectivos en Silao

 La Confederación de Trabajadores de México (CTM) nacional hizo un llamado urgente a la dirigencia del Sindicato Miguel Trujillo López, quien mantiene el Contrato Colectivo de Trabajo de la empresa automotriz General Motors Silao, Guanajuato a que atienda y colabore con una investigación a fondo en el proceso de Legitimación de Contrato Colectivo.

En un posicionamiento emitido por la CTM, recordó que en esta central de trabajadores se afilia a más de cuatro millones y medio de trabajadores y que, además, no quiere imponer nada que no esté contra la ley, ni contra los intereses de la clase trabajadora.

"Es importante de que antes de que se haga un juicio de valor, o se quiera adelantar un conteo real en la planta automotriz de General Motors en Silao, Guanajuato, se debe escuchar la voz de todos esos trabajadores y no dejarse influir en estos momentos por la presión de sindicatos de Estados Unidos y Canadá", indicó la CTM.

Añadió que la Confederación de Trabajadores de México, no genera conflictos, ni tampoco es obstáculo para el desarrollo de la industria y del comercio. Esta organización apoya a sus federaciones y sindicatos de todo el país, los cuales deben actuar siempre en el marco de la ley.

En días anteriores, EL UNIVERSAL documentó que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) decidió invalidar el proceso de consulta que se llevó a cabo los días 20 y 21 de abril en la planta de General Motors de Silao, Guanajuato, en el que se intentó legitimar el Contrato Colectivo (CCT),cuya titularidad corresponde al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Metal-Mecánica, Sidero-Metalúrgica, Automotriz y Proveedoras de Autopartes en General, de la Energía, sus Derivados y Similares de la República Mexicana "Miguel Trujillo López".

Lo anterior, de acuerdo con la dependencia, fue el resultado de consultar a los trabajadores a través del voto personal, libre, directo y secreto.

"El proceso incluye irregularidades graves que fueron determinantes para su desarrollo y para el resultado de la votación, y que vulneraron los principios de seguridad y certeza que deben regir a todo proceso democrático. Por lo anterior, esta autoridad laboral declaró la nulidad del procedimiento y ordenó al sindicato reponerlo en un plazo improrrogable de 30 días naturales", dijo la STPS.

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