Por ser contraria a los artículos 25, 27 y 28 constitucionales, “que ordenan un régimen de competencia y suministro de electricidad”
CIUDAD DE MÉXICO.-Por considerar que es violatoria de la Constitución la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) interpuso una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el Decreto que reformó y adicionó esa legislación.
Afirmó que es contraria a los artículos 25, 27 y 28 constitucionales, “que ordenan un régimen de competencia en los mercados de generación y suministro de electricidad”, situación que afecta la labor de la Comisión, porque se le impide garantizar la competencia y libre concurrencia en el mercado eléctrico.
Esto perturbará las condiciones de oferta de la electricidad y en consecuencia dañará al consumidor y a la economía nacional.
El Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica “quebranta la regla de acceso abierto y no discriminatorio a las redes de distribución y transmisión, lo que reduce la capacidad de competir de ciertos generadores y comercializadores”.
Consideró que también se le dan ventajas a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en el despacho, con lo que se anula la capacidad de competir de otros agentes en la generación.
“Diluye la regla de acceso abierto a las redes, habilitando negativas de acceso a este insumo indispensable cuando no existan impedimentos o justificaciones legítimas para ello y permite a suministradores del servicio básico, específicamente a la CFE, la adquisición de la energía a través de métodos no competidos, ampliando indefinidamente el régimen legado, que originalmente era transitorio”, expuso la Comisión.
Explicó que para que haya una efectiva competencia en el mercado de generación y suministro de electricidad es necesario que haya acceso abierto a los generadores a redes de distribución y transmisión eléctrica y no se discrimine a productores.
Se debe garantizar que el despacho de energía siga criterios objetivos y de eficiencia y que el Centro Nacional de Control de Energía y Comisión Reguladora de Energía, es decir, el operador y regulador sean independientes e imparciales, lo que significa que no pueden dar ventajas a ningún participante.