¿Es delito difundir contenidos íntimos como el de Gabriel Soto?

Hace un mes, el Senado mexicano aprobó la "Ley Olimpia" que reconoce a la "violencia digital" como un delito.

La ley que comenzó como un proyecto de reforma para Puebla, hoy aplica en 25 estados de la República Mexicana; contempla los derechos de la intimidad personal y el ejercicio libre de los derechos sexuales.

Esta legislación castiga el hostigamiento, difusión de contenido sexual sin consentimiento, el ciberacoso y otros actos dolosos que causen daño a la intimidad, privacidad y/o dignidad de las mujeres a través las tecnologías de información y comunicación.

Aplica entre otras sanciones, hasta seis años de cárcel para quien distribuya material sexual sin la aprobación de la persona que lo protagoniza.

"Los juzgados y ministerios públicos ordenarán de manera inmediata la interrupción, bloqueo, destrucción, o eliminación de imágenes, audios, o videos, solicitándolo por escrito a redes sociales, medios de comunicación, páginas de Internet y plataformas digitales", dicta la nota legislativa.

Es por eso que ante la filtración del video íntimo de Gabriel Soto muchos usuarios de redes sociales han hecho mención de esta ley, que debe ser un derecho para todos los ciudadanos, no sólo de las mujeres.

Además, están haciendo un llamado a promover la conciencia de la interacción con este tipo de publicaciones en plataformas digitales, pues aunque la ley sólo castiga al responsable de divulgar el material, también es una afectación el hecho de interactuar y compartir.

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