Denuncia PRD ante la FGR a prima de AMLO por tráfico de influencias

Aunque el presidente desestimó los hechos, Pemex los confirmó

El grupo parlamentario del PRD en la Cámara de Diputados presentó una denuncia ante la Fiscalía General de la República (FGR) contra Felipa Guadalupe Obrador Olán, prima del Presidente Andrés Manuel López Obrador, por presunto tráfico de influencias en la asignación directa de contratos para una empresa de su propiedad por parte de Petróleos Mexicanos (Pemex).

Los diputados federales del PRD solicitaron a la FGR realizar la investigación necesaria para la persecución de las conductas infractoras denunciadas y, en su caso, castigar penalmente a los presuntos responsables.

A través de un comunicado, se informó que la empresa Litoral Laboratorios Industriales S. A. de C.V., de Felipa Obrador, participó en dos contratos con Pemex en la presente administración. El primero por un monto de 133 millones de peso y el segundo por 231 millones de pesos.

Además, indicó que recibió contratos por adjudicación directa de otras dependencias públicas en el actual sexenio, como el Instituto Mexicano del Petróleo, Aeropuerto y Servicios Auxiliares, el IMSS y el ISSSTE, por diversos montos económicos.

Los diputados perredistas señalaron que, aunque López Obrador intentó descalificar la información que se dio a conocer respecto a su prima, Pemex confirmó haber otorgado contratos a su familiar.

Una vez que se hizo pública la asignación de los contratos a Litoral Laboratorios, Pemex anunció la anulación de los mismos, y ordenó una investigación para deslindar responsabilidades.

De acuerdo con los perredistas, en este hecho se configuran los presuntos delitos de ejercicio abusivo de funciones y tráfico de influencias.

En la denuncia, se cita el artículo 220 del Código Penal Federal, el cual establece que comete el delito de ejercicio abusivo de funciones el servidor público que, ilícitamente, otorgue por sí o por interpósita persona, contratos. 

​También es responsable de este delito quien realice cualquier acto jurídico que produzca beneficios económicos al propio servidor público, a su cónyuge, hijos o padres, o a cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos o dependencia administrativa. Este delito puede ser sancionado con entre dos a doce años de prisión y un multa desde cincuenta días.

De igual manera, el artículo 221 del Código citado establece que comente delito de tráfico de influencias el servidor público y el particular que, indebidamente, solicite o promueva cualquier resolución de otro servidor público que produzca beneficios económicos para sí o para cualquiera de las personas a que hace referencia el artículo 220. Puede ser penado con dos a seis años de prisión y de treinta a cien días de multa.

 

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