Profeco retira del mercado cubrebocas y gel antibacterial

Si se trata de alcohol en gel o de tapabocas, "hay que verificar que la caja o la bolsa contenga lo siguiente": La información comercial obligatoria en español, el tipo de Norma Oficial Mexicana a la que se apegó, nombre, denominación o razón social de la empresa que lo manufacturó, domicilio fiscal del fabricante o del importador.

Si se trata de un tapabocas N-95 debe de tener un certificado NOM-116-SPS-2009, protección personal-respiradores purificadores de aire de presión negativa contra partículas nocivas, especificaciones y métodos de prueba.

Las mascarillas KN95 es una normatividad que usan los chinos por la cual se cumple con una normatividad equivalente en el mundo que es la GB2626-2006.

La Profeco dijo a EL UNIVERSAL que las visitas de verificación que realiza a establecimientos comerciales se hacen como respuesta a las quejas que recibe de los consumidores, por lo que se acude a las tiendas a vigilar que los productos se comercialicen conforme a la Ley Federal de Protección al Consumidor y cumplan con lo dispuesto en las normas oficiales mexicanas.

"En este caso tapabocas y gel antibacterial, se revisa que su etiquetado contenga las especificaciones correspondientes. Si el producto carece de etiquetado, se inmoviliza y se retira del mercado", expuso la Profeco.

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