Proponen reforma contra contaminación

[quote]Para evitar que con el uso de juegos pirotécnicos  genere contaminación ambiental, la diputada Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo presenta iniciativa[/quote]

NOTIMEX / EL TIEMPO

CD. DE MÉXICO.- Con el fin de evitar que con el uso de juegos pirotécnicos se genere contaminación ambiental, la diputada Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo presentó una iniciativa para reformar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

Se remitió a la Comisión de la Defensa Nacional para su dictaminación, propone que los permisos generales, ordinarios o extraordinarios que sean emitidos o renovados para este uso estén regulados con normas ambientales.

Lo anterior es para la compra y venta de artefactos pirotécnicos que contengan especificaciones ambientales que obliguen al permisionario a suspender sus actividades.

Argumentó que la quema de fuegos pirotécnicos es altamente contaminante para la atmosfera, pero la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos no la regula, por lo que es importante establecer lineamientos que permitan mejorar la forma en la que esta actividad se lleve a cabo.

Una de las fuentes más importantes de contaminación atmosférica en México son las partículas menores a 10 micrómetros (PM10), que se genera con mayor frecuencia por la quema de objetos orgánicos e inorgánicos, así como del desprendimiento de polvo y partículas adheridas a los mismos.

Entre estos se encuentran los derivados por la quema de fuegos pirotécnicos y las emisiones generadas.

“La falta de regulación al respecto no sólo complica el desarrollo de las actividades propias del ejercicio público, sino que con la permisibilidad para su quema propicia afectaciones a la salud”, expuso al argumentar el dictamen.

En la iniciativa propone que se aplicará en caso de que en la entidad para la que haya sido otorgada dicha autorización, las mediciones de monitoreo atmosférico local y los registros del Sistema Nacional de Información Ambiental indiquen que dentro del trimestre inmediato anterior, el promedio de valor límite diario de (PM10), establecido por la Norma Oficial Mexicana, ha sido rebasado.

Esta restricción deberá permanecer hasta en tanto las mediciones de monitoreo atmosférico señaladas indiquen, para el promedio trimestral siguiente, que los niveles de concentración de dichas partículas han descendido a los niveles permitidos por la norma.

“Incluir esta reforma a la norma, permitirá a la autoridad restringir desde el otorgamiento del permiso a la manera en la que los usuarios podrán operar y establecer lineamientos efectivos que resguarden la integridad y salud de los ciudadanos”, resaltó.

Precisó que tan sólo en 2013 más de 19 ciudades de la República registraron niveles anuales promedio de concentración de estas partículas mayores a los permitidos, entre ellas Mexicali, Baja California; Ciudad Juárez, Chihuahua, y Tizayuca, Hidalgo.

Esto, hace evidente la necesidad de aprobar medidas que propicien una mejor calidad del aire en los centros urbanos y se proteja la salud, integridad y tranquilidad de los ciudadanos y sus familias.

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