VERÓNICA PRECIADO/ REPORTERAFue acusado de trata de personas en mendicidad y empleo de menores en horas inadecuadas, pero el Ministerio Público ni siquiera le asignó un traductor ya que sólo habla el dialecto Tzotzil
FRONTERA, COAH. –El Ministerio Público cometió múltiples violaciones a los derechos humanos, al iniciar por primera vez un proceso judicial en contra una persona que forma parte de una comunidad indígena, como es el caso de José Alfredo “N” habitante del municipio de Suyalho de Mitontic Chiapas, de quien el juez de primera instancia, Hiradier Huerta, ordenó la liberación inmediata.
La solicitud de la Fiscalía del Estado y de PRONNIF, de vincular a proceso al Chiapaneco de 19 años, quien era acusado por el delito de trata de personas en mendicidad y empleo de menores en horas inadecuadas, fue rechazada al no encontrarse pruebas de tipo penal en su contra.
Durante la audiencia que se desarrolló en la sala de juicios orales del Centro de Justicia Penal, quedó en evidencia la falta de capacidad de las instancias para atender asuntos relacionados con personas indígenas, de las cuales se deben respetar tradiciones y costumbres, así lo refirió el magistrado.
Se dijo que el Ministerio Público falló al judicializar el caso, al no asignarle un traductor, porque al no hablar el idioma español sólo en “Tzotzil” lengua de su tierra natal, tenía ese derecho a ser asistido desde su detención, tampoco se le cedió el derecho de una defensa adecuada.
“Con ello no existe sobreseimiento, ni causa excluyente del delito, no vamos a crear impunidad”, comentó el juez, es necesario velar por los derechos de las personas, asesorarse para integrar carpetas de investigación en procesos especiales.
Dentro de la causa penal 768/2019, se inició una investigación en contra de José Alfredo, tras ser detenido y consignado por los delitos antes señalados. Fue el pasado 30 de octubre de acuerdo a los datos proporcionados por el Ministerio Público, que se le detuvo en el crucero de Ejército Nacional y calle Progreso del municipio de Frontera.
Ese día se le encontró con tres menores Adelaida de 14 años, Andrea de 7 años y Samaira de 7 años, trabajando como malabaristas y pidiendo dinero a los automovilistas, poniendo en riesgo la integridad de las niñas. José Alfredo no acreditó el parentesco con las menores, por lo que estas fueron resguardadas por la PRONNIF y refugiadas en la Casa Hogar Alba Moreira, hecho que la autoridad judicial clasificó como delito de trata de personas en la modalidad mendicidad.
Sin embargo, la defensa expuso argumentos válidos y con ellos pidió la no vinculación a proceso, presentando como prueba una entrevista de Erasto Rodríguez, agente rural de la comunidad.
Como máxima autoridad de la comunidad indígena, declaró entre otras cosas, que es costumbre en su pueblo que los niños trabajen para apoyar en el sustento de sus hogares, toda vez que provienen de un lugar con alta marginación.
Los niños trabajan desde pequeños cargando leña, en actos de malabares (aventando pelotas) a cambio de donación de ropa, regalos, juguetes o dinero, se ven obligados por necesidad económica.
Cabe destacar que, en la audiencia, se contó con la asistencia de dos estudiantes de la Universidad Antonio Narro, nativos de Chiapas, quienes se encargaron de explicar el desarrollo de la misma, al Chiapaneco.