REDACCIÓN / EL TIEMPOAporta diversas ventajas para el ciudadano y para los legisladores como conocer sus planes de trabajo, impacto de sus actividades, eficiencia, participación de la ciudadanía, rendición de cuentas, entre otras
La Diputada Rosa Nilda González Noriega, presentó una iniciativa para precisar en el Código Municipal para el Estado de Coahuila lo relativo al contenido de los informes de actividades que deben rendir los organismos municipales ante el Cabildo, incluyendo los organismos desconcentrados y los paramunicipales.
En los años recientes, legislaciones federales y locales han considerado esencial que ciertos organismos públicos, en especial los autónomos y los descentralizados, rindan un informe anual de actividades ante los poderes legislativos correspondientes. Ocurre lo mismo en dependencias con autonomía técnica y de gestión; por ejemplo, la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción, dependiente de la Fiscalía General del Estado.
Esta obligación de dichos organismos y dependencias aporta diversas ventajas para el ciudadano y para los legisladores como conocer sus planes de trabajo, impacto de sus actividades, deficiencias, medir la eficiencia del organismo, participación de la ciudadanía, rendición de cuentas, entre otras.
Los informes anuales de actividades benefician y abonan a la transparencia y a la rendición de cuentas.
Los municipios, entre los tipos de organismos descentralizados más comunes se encuentran los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), los Sistemas o Institutos de Pensiones, Sistemas de Agua Potable, e Institutos de planeación.
En el caso de los organismos operadores del agua potable, estos están obligados por la Ley de Aguas para los Municipios del Estado, a presentar informes anuales a los respectivos cabildos.
“Atentos a la evolución de los informes de actividades, a los cuales se les ha apostado legislativamente en los años recientes, con los beneficios ya citados, consideramos esencial que todos los organismos descentralizados municipales rindan un informe de actividades ante sus respectivos cabildos”, señaló la Diputada González Noriega.
Propuso que en la redacción del artículo 138 del Código Municipal para el Estado de Coahuila que contempla los aspectos relacionados con los organismos descentralizados y sus informes de actividades, debe precisarse en cuanto a sus alcances, para que el concepto de organismos sea más amplio, y no se limite sólo a los descentralizados, sino que comprenda a los desconcentrados y a los paramunicipales, además de especificar el contenido de dichos informes.